La denominada ‘Ley Rospigliosi’, aprobada por el anterior Congreso para otorgar mayor protección jurídica a policías y militares que enfrentan al crimen organizado, constituye un paso en la dirección correcta, pero insuficiente si no se incorpora a la Constitución. Así lo sostiene el abogado penalista Rolando Sousa, quien advierte que una ley ordinaria podría terminar generando una “falsa sensación de seguridad” entre los efectivos del orden.
“Es un acto de estricta justicia y de profunda empatía con quienes arriesgan la vida por nosotros. Sus autores han interpretado correctamente el sentir de un país asfixiado por las organizaciones criminales. No podemos seguir enviando a nuestros policías y militares a combatirlas mientras viven con el temor de que un juez civil, desde un escritorio y sin conocimiento de la doctrina operacional, termine destruyendo sus carreras y sus familias”, afirma.
Para Sousa, el objetivo de la norma es plenamente legítimo y responde a una necesidad urgente del Estado. Sin embargo, considera que el mecanismo escogido por el Parlamento adolece de una seria debilidad jurídica.
“El problema no es el fondo, sino la forma. Precisamente porque compartimos plenamente el propósito de proteger a nuestras fuerzas del orden, debemos advertir que el camino elegido puede terminar ocasionándoles más problemas que soluciones”, señala.
El excongresista explica que el artículo 173 de la Constitución limita expresamente la competencia del Fuero Militar Policial a los llamados “delitos de función”, interpretación que, recuerda, ha sido desarrollada de manera restrictiva tanto por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional como por la Corte Suprema.
“Los delitos comunes graves cometidos durante operaciones en las calles no han sido considerados tradicionalmente como delitos de función. Por ello, una modificación realizada únicamente mediante una ley ordinaria deja abierta la puerta para que la norma sea cuestionada ante el Tribunal Constitucional o simplemente inaplicada por jueces del fuero común”, sostiene.
A su juicio, ese es el principal riesgo de la denominada ‘Ley Rospigliosi’.
“El gran peligro es generar una falsa sensación de protección para nuestros policías y militares y que, posteriormente, la norma sea declarada inconstitucional, dejándolos nuevamente desprotegidos, como ya ocurrió en distintos momentos durante la lucha contra el terrorismo.”
Pacto político y reforma constitucional
Para Sousa, el verdadero desafío no es únicamente jurídico, sino también político. Reconoce que alcanzar los votos necesarios para una reforma constitucional en un Congreso bicameral fragmentado sería una tarea muy difícil, por lo que plantea convertir la iniciativa en una auténtica política de Estado.
“Esta modificación no puede verse como el proyecto de un gobierno de turno. Debe asumirse como una política nacional destinada a fortalecer la seguridad del país”, afirma.
En ese sentido, propone convocar a todas las fuerzas democráticas a un gran acuerdo político, inspirado en los Pactos de la Moncloa de España de octubre de 1977, con el propósito de blindar institucionalmente la lucha contra el crimen organizado.
“Necesitamos explicar con absoluta transparencia la urgencia de esta reforma y convocar a un gran pacto nacional. Debe ser una mesa abierta donde todas las fuerzas comprometidas con el futuro del país puedan participar de manera patriótica.”
Sin embargo, advierte que el éxito de la propuesta dependerá también de mantener un objetivo concreto y acotado.
A su juicio, la reforma constitucional debe concentrarse exclusivamente en los delitos que hoy representan la mayor amenaza para la seguridad ciudadana: extorsión, sicariato, narcotráfico y secuestro.
“La propuesta debe ser quirúrgica. Si incorporamos otros temas complejos, como la minería ilegal o la tala ilegal, el debate se volverá interminable y el consenso político será prácticamente imposible.”
Sousa sostiene que focalizar la reforma en esos cuatro delitos facilitaría los acuerdos parlamentarios y permitiría responder a las principales preocupaciones de la ciudadanía.
Referéndum obligatorio
El penalista considera que la reforma constitucional debe ser sometida obligatoriamente a consulta popular mediante referéndum.
De esa manera —explica— no solo se superaría la dificultad de obtener una segunda votación calificada en el Congreso, sino que además la reforma adquiriría una legitimidad democrática más que sólida.
“La decisión final debe recaer en el pueblo peruano. Un referéndum otorgaría un respaldo político y democrático que fortalecería enormemente la reforma constitucional.”
Como base de discusión, Sousa Huanambal plantea una modificación puntual del artículo 173 de la Constitución.
La propuesta establece que, cuando miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional intervengan durante estados de emergencia o en operaciones especiales contra organizaciones dedicadas a la extorsión, el sicariato, el narcotráfico o el secuestro, la investigación sobre la legalidad del uso de la fuerza corresponda a una magistratura especializada e independiente dentro del Fuero Militar Policial.
Al mismo tiempo, incorpora una excepción expresa para impedir que graves violaciones a los derechos humanos sean conocidas por dicha jurisdicción o la justicia ordinaria.
“Los delitos de tortura, desaparición forzada y demás graves violaciones a los derechos humanos continuarían siendo competencia exclusiva del fuero ordinario.”
Según Sousa, este “candado constitucional” permitiría neutralizar las críticas de quienes sostienen que la reforma busca garantizar impunidad para policías y militares.
“La propuesta no elimina controles; por el contrario, establece reglas claras y preserva la competencia de la justicia ordinaria en los casos más graves.”
Por ello, considera que el Congreso debería dar un paso adicional.
“La ley aprobada constituye un avance importante porque visibiliza el abandono jurídico que padecen nuestras fuerzas del orden. Pero no debemos quedarnos a mitad de camino. La verdadera protección solo llegará cuando ese principio quede incorporado en la Constitución.”
Oportunidad regional
El letrado reconoce que una reforma constitucional de esta naturaleza generaría cuestionamientos en el sistema interamericano de derechos humanos. Sin embargo, sostiene que el actual escenario político latinoamericano es hoy distinto al de años anteriores y abre una oportunidad para que el Perú impulse una discusión regional sobre la respuesta jurídica frente al crimen organizado transnacional.
“Cualquier reforma en esta materia llamará la atención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y podría dar lugar a denuncias ante la Corte Interamericana. Ese riesgo existe y debe asumirse con realismo”, señala.
A su juicio, el próximo gobierno de Keiko Fujimori podría asumir un papel de liderazgo en esa discusión regional. (Ver recuadro).
“Y es que aproximadamente el 60 % de los gobiernos de los Estados miembros activos de la OEA mantienen posiciones de centroderecha, derecha o enfoques pragmáticos que priorizan la seguridad ciudadana. Esa realidad crea condiciones favorables para abrir un debate que antes resultaba impensable.”
Según Sousa, diversos países enfrentan actualmente amenazas similares derivadas del avance del crimen organizado.
“Ya no se trata de un debate ideológico. Los cárteles y las organizaciones criminales han puesto en riesgo la capacidad de los Estados para garantizar la seguridad de sus ciudadanos.”
“La defensa de la seguridad ciudadana debe convertirse en una causa compartida por los países del continente. El Perú tiene la posibilidad de impulsar ese debate dentro de la Organización de los Estados Americanos.”
Caso Uruguay
Sousa menciona el caso de Uruguay como ejemplo de cómo incluso democracias tradicionalmente estables vienen modificando sus estrategias frente al avance del crimen organizado.
“Uruguay, considerado durante décadas uno de los países más seguros de América Latina, enfrenta hoy una creciente presión del narcotráfico transnacional. Esa situación ha obligado al Estado a reforzar el control de sus fronteras con participación de las Fuerzas Armadas y a replantear sus políticas de inteligencia para enfrentar nuevas modalidades delictivas.”
A su juicio, la experiencia uruguaya demuestra que el fenómeno dejó de ser un problema aislado y constituye una amenaza regional.
Sousa sostiene que una reforma constitucional aprobada mediante referéndum y tomando en cuenta el nuevo contexto latinoamericano fortalecería significativamente la posición internacional del Perú.
“Si el país demuestra que la reforma cuenta con respaldo popular, mantiene jueces especializados e independientes y preserva la competencia de la justicia ordinaria para los casos de tortura, desaparición forzada y demás graves violaciones a los derechos humanos, tendrá argumentos sólidos para defender su constitucionalidad ante los organismos internacionales.”.
Concluye que la protección de las fuerzas del orden y la defensa de los derechos humanos no deben entenderse como objetivos incompatibles, sino como pilares complementarios del Estado democrático.
“La lucha contra el crimen organizado exige instituciones fuertes, reglas claras y seguridad jurídica para quienes arriesgan diariamente la vida en defensa de los ciudadanos.”.
Propuesta legislativa de Sousa
“En caso de presuntos delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones durante Estados de Emergencia o en operaciones especiales contra organizaciones criminales dedicadas a la extorsión, sicariato, narcotráfico y secuestro, la investigación y determinación de la licitud del uso de la fuerza corresponderán a una magistratura especializada e independiente dentro del Fuero Militar Policial. Se excepcionan de esta jurisdicción los delitos de tortura, desaparición forzada y graves violaciones a los derechos humanos, los cuales serán de competencia exclusiva del fuero ordinario.”.
Keiko puede liderar una reforma del sistema interamericano de DDHH
Para Sousa, la reforma constitucional que propone debería formar parte de una estrategia diplomática más amplia. El objetivo sería impulsar, desde el Perú, una revisión de los instrumentos jurídicos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos para adecuarlos a la realidad del crimen organizado transnacional.
Entre las alternativas que plantea figura promover una modificación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o, en su defecto, negociar un Protocolo Adicional específico sobre crimen organizado.
Este nuevo instrumento permitiría que los Estados adopten mecanismos excepcionales para enfrentar amenazas criminales de alta intensidad, estableciendo reglas compatibles con los derechos fundamentales, pero adaptadas a un contexto muy distinto al existente cuando se aprobó el Pacto de San José.
Como es público, Convención Americana sobre Derechos Humanos fue aprobado y firmado el 22 de noviembre de 1969 en San José, Costa Rica, y entró en vigor el 18 de julio de 1978 tras completarse las ratificaciones necesarias de los países signatarios.
El Perú firmó la Convención el 27 de julio de 1977 durante el gobierno de facto del general Francisco Morales Bermúdez.




Comentarios